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Reclamos

APRENDA TODO SOBRE LOS POSIBLES RECLAMOS QUE PUEDE REALIZAR

A continuación, les detallamos el procedimiento para iniciar un RECLAMO ADMINISTRATIVO en Protección al Consumidor:

  • El usuario o consumidor debe presentarse en la dependencia de Protección al Consumidor de Neuquén. Para efectuar un reclamo se necesitan los datos y domicilio del denunciante y denunciado. Es necesario redactar una nota explicando los hechos sucedidos. Esta nota debe ser clara, concisa y en lo posible en computadora. Se recomienda agregar toda la documentación relativa a la compra del producto o a la contratación del servicio (contrato, anexos, factura de compra, etc.), y si usted envió o recibió alguna nota, carta documento, etc., los originales deben ser acompañados con las copias correspondientes de las mismas.
  • Al momento de presentarse con toda la documentación, se procederá a completar la correspondiente ACTA DE RECLAMO con los datos personales del reclamante así como también los del reclamado.

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Estamos para proteger tus derechos

MISIÓN

La Dirección Provincial de Protección al Consumidor, dependiente del Ministerio de Ciudadanía de la Provincia del Neuquén, tiene la misión de velar y salvaguardar los derechos de las y los consumidores presentes a lo largo y ancho de la provincia del Neuquén.


FUNCIÓN

Recibir y dar tratamiento a los reclamos, instruir los sumarios, desarrollar instancias de conciliación, determinar responsabilidades de proveedores, verificar que se cumplan las ofertas, corroborar la exactitud de instrumentos de mediación, corrección de publicidades y de las normas de seguridad, establecer multas a infractores, suscribir convenios con municipios y con entidades gubernamentales y no gubernamentales, solicitar informes y antecedentes a comerciantes, organizar y mantener el Registro de Asociación de Consumidores, capacitar, ejecutar campañas educativas, promover el consumo responsable, instar que las y los consumidores conozcan sus derechos y las formas más efectivas para ejercerlos.

LEY DE DEFENSA
DEL CONSUMIDOR

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RESOLUCIÓN
867

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