Libro de Quejas, Agradecimientos, Sugerencias y Reclamos (Ley provincial 2923)
Debe existir un Libro de Quejas, Agradecimientos, Sugerencias y Reclamos, en las dependencias públicas, grandes locales y/o comercios privados con atención al público, y donde se preste el servicio de atención al cliente y de posventa. Además, se debe comunicar mediante cartelería visible en el local, la existencia del mismo.
¿Cómo habilitar el Libro de Quejas, Agradecimientos, Sugerencias y Reclamos?
- El comercio o dependencia pública deberá acercarse a las oficinas de Protección al Consumidor y presentar:
- Libro de Acta tamaño oficio de 200 hojas
- Una nota dirigida a la Dirección General de Fiscalización e Inspección, solicitando la habilitación del Libro que deberá tener la siguiente información:
- Nombre de Fantasía del comercio
- Rubro
- Licencia o habilitación comercial (Fotocopia)
- Domicilio del comercio
- Razón Social
- CUIT (Fotocopia)
- Teléfono de contacto
Es necesario aclarar siempre si se trata de una renovación del Libro o de una nueva constitución
Presentar la documentación en las dependencias de Protección al Consumidor de manera presencial de lunes a viernes de 8.30 a 13 hs. y de 14 a 15 hs. Conocé nuestras delegaciones
- Una vez recepcionada la documentación por Mesa de Entradas, y realizada la rúbrica del Libro por la Dirección General de Fiscalización e Inspección, se le informará vía mail que pude retirarlo.
- En caso que se trate de una renovación, en el acto de retiro deberá presentar el ejemplar anterior para corroborar que el mismo se encuentra terminado; en caso contrario se procederá a su anulación.
Más información y consultas comunicarse vía mail fiscalizacionconsumidor@neuquen.gov.ar