Libro de Quejas, Agradecimientos, Sugerencias y Reclamos (Ley provincial 2923)

Debe existir un Libro de Quejas, Agradecimientos, Sugerencias y Reclamos, en las dependencias públicas, grandes locales y/o comercios privados con atención al público, y donde se preste el servicio de atención al cliente y de posventa. Además, se debe comunicar mediante cartelería visible en el local, la existencia del mismo.

¿Cómo habilitar el Libro de Quejas, Agradecimientos, Sugerencias y Reclamos?

  1. El comercio o dependencia pública deberá acercarse a las oficinas de Protección al Consumidor y presentar:
  • Libro de Acta tamaño oficio de 200 hojas
  • Una nota dirigida a la Dirección General de Fiscalización e Inspección, solicitando la habilitación del Libro que deberá tener la siguiente información:
        • Nombre de Fantasía del comercio
        • Rubro
        • Licencia o habilitación comercial (Fotocopia)
        • Domicilio del comercio
        • Razón Social
        • CUIT (Fotocopia)
        • Teléfono de contacto
        • E-mail

Es necesario aclarar siempre si se trata de una renovación del Libro o de una nueva constitución

Presentar la documentación en las dependencias de Protección al Consumidor de manera presencial de lunes a viernes de 8.30 a 13 hs. y de 14 a 15 hs. Conocé nuestras delegaciones

        • Una vez recepcionada la documentación por Mesa de Entradas, y realizada la rúbrica del Libro por la Dirección General de Fiscalización e Inspección, se le informará vía mail que pude retirarlo.
        • En caso que se trate de una renovación, en el acto de retiro deberá presentar el ejemplar anterior para corroborar que el mismo se encuentra terminado; en caso contrario se procederá a su anulación.

Más información y consultas comunicarse vía mail fiscalizacionconsumidor@neuquen.gov.ar